- Se trata de un hombre, de 32 años de edad, investigado por los delitos de conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, conducción temeraria y por la negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de la presencia de drogas en el organismo
- Se dio a la fuga en un dispositivo de verificación de alcohol y drogas, y en un momento posterior tras haberse quedado sin gasolina
- La actividad operativa de los agentes permitió su localización y puesta a disposición judicial
Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del pasado día 13 de agosto, en un dispositivo de verificación de alcohol y drogas que agentes de la Guardia Civil, pertenecientes al Subsector de Tráfico de Cáceres, habían establecido en una vía de comunicación próxima a la localidad de Plasencia (Cáceres).
En este dispositivo, el conductor de un turismo que accedió al mismo se dio a la fuga cuando fue requerido para la realización de una prueba de detección de drogas en el organismo sin que, en ese momento, pudiera ser interceptado.
Horas más tarde, el vehículo fugado, fue localizado, sin la presencia del conductor, estacionado en la autovía A66, procediéndose a su búsqueda por las inmediaciones y áreas de servicio próximas. En el transcurso de la búsqueda, el conductor volvió al lugar donde había dejado al vehículo, cargado con combustible, consiguiendo arrancar y huyendo del lugar a gran velocidad, en una maniobra forzada en la que puso en peligro al resto de usuarios de la vía, no obstante, la actividad operativa de los agentes permitió su posterior localización en la carretera Nacional 630, donde procedieron a realizarle la correspondiente prueba de detección de drogas en el organismo, a la que dio resultado positivo.
Finalmente, el conductor, un varón de 32 años de edad, fue investigado por la supuesta comisión tres delitos contra la seguridad vial, al conducir un vehículo a motor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas (Art. 379.2 del Código Penal), por conducción temeraria (Art. 380 del Código Penal) y por la negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de drogas en el organismo (Art. 383 del Código Penal).
Las diligencias instruidas han sido remitidas al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Cáceres.
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